La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acreditó la omisión del senado en el nombramiento de dos integrantes del Instituto Nacional de Transparencia. Acceso a la Información y Protección de datos (Inai).

 El Alto Tribunal comenzó la sesión ayer con la presentación de la ministra Loretta Ortiz de su proyecto de sentencia, con el que pretendía declarar inexistente la falta del Senado y rechazar la impugnación del Inai.

Por mayoría de ocho votos, los ministros desecharon su propuesta y coincidieron en que Ortiz había utilizado una metodología incorrecta y fuera de los parámetros que ha fijado la Suprema Corte para casos similares.“No comparto la propuesta, porque, considero, que resulta frontalmente opuesta a la metodología que ha trazado este Alto Tribunal, para analizar la procedencia de una controversia constitucional cuando se impugnen actos omisivos”, indicó el ministro Luis María Aguilar.

Los integrantes de la SCJN pasaron a la discusión de fondo de la controversia, promovida por el Inai, para definir si el Senado había cometido una omisión.

Obligatorio designar comisionados

De nuevo, la ministra Loretta Ortiz presentó su propuesta, la cual señalaba que el Senado tenía la facultad discrecional y autónoma de realizar esas designaciones, por lo que en una sentencia no se le podría obligar a emitir los nombramientos en un tiempo determinado.Uno a uno, los ocho ministros que votaron en contra; primero, como un gesto de cortesía, le agradecieron a la ministra Ortiz por su proyecto y reconocieron a su equipo de trabajo, pero le refutaron que, si bien el nombramiento de esos funcionarios es una facultad discrecional del Senado, es obligatorio que realice las acciones para designar a dos comisionados.

El Inai, que lleva más de 100 días sin sesionar y acumula más de siete mil asuntos sin resolver debido a la falta de quórum.