Moverse en la ciudad con un scooter eléctrico, bicimoto o bicicleta eléctrica ha dejado de ser solo una opción práctica y económica: ahora estará regulado por ley.

El Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma a la Ley de Movilidad que exige que estos vehículos —cuando superen los 25 km/h— cuenten con placas y que sus conductores porten licencia de manejo.

Lo que cambia con la reforma

Se modifican los artículos 9, 12 y 64 de la Ley de Movilidad y el Reglamento de Tránsito, incorporando a los VEMEPE (Vehículos Motorizados Eléctricos Personales) a un marco legal que antes no tenían.

  • Placas obligatorias

  • Licencia de conducir

  • Periodo de gracia de 360 días para realizar los trámites sin sanciones.

Clasificación de VEMEPE

  • Tipo A: peso menor a 35 kg.

  • Tipo B: entre 35 kg y 350 kg.

De acuerdo con la Jefa de Gobierno, Clara Brugada, el proceso de emplacamiento y licencias iniciará en diciembre, por lo que los usuarios deberán estar atentos para evitar multas y circular de forma legal.

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